Pasaporte y visado: Pasaporte en vigor con visado sirio, que ha de obtenerse en la Embajada de Siria.
Prohibición de entrada con visado israelí: Un pasaporte no puede llevar ningún visado israelí o sello de entrada o salida de ese país, ni sellos de puestos fronterizos de Jordania o Egipto con Israel.
Periodistas: Los periodistas que deseen visitar Siria por motivos profesionales deben solicitar el visado que corresponda al motivo de su estancia y, en su caso,comunicar con antelación al Ministerio de Información la relación de equipos que introduzcan al país. Tratar de acceder al país careciendo de la documentación pertinente puede representar un grave riesgo para la integridad física.
Estancias superiores a 15 días: Aunque sea válido para más de 15 días, si la estancia en Siria va a sobrepasar ese plazo, el turista debe presentarse, antes de que venza, a las autoridades de policía. En el caso de pasaportes diplomáticos, especiales y de servicio este plazo se reduce a 10 días.
Frontera sirio-libanesa: No es aconsejable utilizar vías secundarias próximas a la frontera sirio-libanesa, ya que en algunos lugares, no existe puesto de policía de frontera ni delimitación clara de territorio, con el consiguiente riesgo de pasar al país vecino sin percatarse de ello. Por otra parte, en el espacio fronterizo hay numerosas zonas militares sin señalizar en las que no está permitido detenerse ni tomar fotografías.
VACUNAS:
Obligatorias: Ninguna, salvo que se venga de un país con epidemia oficialmente declarada.
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